En Nueva Jersey, la mayoría de las reclamaciones por lesiones personales están regidas por un plazo de dos años. Eso significa que tiene dos años desde la fecha de su lesión para presentar una demanda en el tribunal. Si se pierde ese plazo, su caso casi con certeza desaparece — sin importar cuán sólido hubiera sido en cuanto al fondo.

La Regla General: Dos Años desde la Fecha de la Lesión

Bajo N.J.S.A. 2A:14-2, el período de limitación estándar para reclamaciones de lesiones personales es de dos años desde la fecha en que surge la causa de acción. En un accidente de auto directo, por ejemplo, el reloj comienza a correr el día del accidente.

Dos años parece mucho tiempo. Rara vez se siente así. Entre el tratamiento médico, las negociaciones con el seguro y la esperanza de que un reclamo se resuelva sin litigio, el tiempo pasa rápidamente.

Excepción 1: La Regla del Descubrimiento

No toda lesión es inmediatamente evidente. Algunas lesiones — particularmente las causadas por exposición tóxica, negligencia médica o condiciones latentes — pueden no ser descubribles hasta mucho después de que ocurrió el evento subyacente.

La regla del descubrimiento de Nueva Jersey establece que el plazo no comienza a correr hasta que la persona lesionada sabe, o razonablemente debería saber, que ha sido lesionada y que la lesión es atribuible a la falta de otra parte. Esta regla es particularmente importante en casos que involucran:

Excepción 2: Lesiones a Menores

Cuando la persona lesionada es menor de edad (menor de 18 años) al momento de la lesión, el plazo se suspende hasta que el menor cumpla 18 años. El reloj de dos años comienza a correr en su 18.° cumpleaños, dándole hasta los 20 años para presentar la demanda.

Excepción 3: Reclamaciones Contra Entidades Gubernamentales — La Ley de Reclamaciones por Agravios

Si su lesión fue causada por una entidad gubernamental — un municipio, condado, agencia estatal, distrito escolar o autoridad pública — el período estándar de dos años no aplica. En cambio, debe presentar un Aviso de Reclamación por Agravios ante la entidad gubernamental apropiada dentro de 90 días del incidente.

Este requisito de 90 días sorprende completamente a la gente. Una caída en una acera pública, un accidente causado por una carretera pública negligentemente mantenida, o una lesión en una escuela pública — todos requieren un Aviso de Reclamación por Agravios dentro de 90 días o la reclamación queda prohibida.

¿Qué Sucede Si Se Pierde el Plazo?

En la mayoría de los casos, perder el plazo de limitación es fatal para su reclamación. El demandado presentará una moción para desestimar, el tribunal la otorgará, y su caso terminará antes de comenzar. Los tribunales aplican estos plazos estrictamente.

No Espere

Lo más importante que puede hacer después de una lesión personal es contactar a un abogado mucho antes de que crea que el plazo se está acercando. En la Firma Legal de Orlando R. Rodríguez, LLC, manejamos reclamaciones por lesiones personales en toda Nueva Jersey. Llámenos o envíenos un mensaje de texto al 973-536-2830. La consulta es gratuita.

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